Revisión de cumplimiento de la EU MiCAR: Chipre establece una fecha límite crítica en octubre para los proveedores de servicios de criptomonedas

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El panorama regulatorio de las criptomonedas en Europa se está ajustando rápidamente. La Comisión de Valores y Bolsa de Chipre ha señalado que el Reglamento de Mercados en Criptoactivos de la Unión Europea transformará la forma en que las empresas de activos digitales operan en todo el bloque, con una cascada de plazos que los proveedores de servicios cripto no pueden permitirse perder.

El 30 de octubre marca la línea dura para las entidades con sede en el EEE

El plazo más apremiante involucra al Área Económica Europea. CySEC ha anunciado que ya no aceptará notificaciones regulatorias de entidades establecidas en el EEE después del 30 de octubre de 2024—un límite estricto para cualquier CASP que busque el estatus de protección transitoria bajo los marcos nacionales existentes. Este plazo cierra efectivamente la ventana para que las entidades aseguren protecciones transicionales.

Diciembre de 2024: Cuando entran en vigor las nuevas reglas

A partir del 30 de diciembre de 2024, la regulación integral de activos digitales de la UE se aplicará formalmente a los proveedores de servicios de criptoactivos. Desde esa fecha, CySEC dejará de aceptar cualquier solicitud bajo el antiguo conjunto de reglas nacionales. El regulador enfatizó que esto marca un cambio permanente: las entidades que deseen operar no podrán confiar en registros legados después de la fecha de implementación.

La ventana de transición: ¿Qué pasa con los proveedores existentes?

Aquí es donde el conjunto de reglas ofrece flexibilidad. Los proveedores de servicios que se registraron bajo las regulaciones nacionales de Chipre antes del 30 de diciembre de 2024 obtienen un período de gracia. Estos operadores pueden continuar brindando servicios hasta el 1 de julio de 2026—lo que ocurra primero—o hasta que reciban autorización formal o rechazo bajo el Artículo 63 del reglamento.

Este período de dos años es significativo. Permite a los CASP existentes preparar solicitudes de licencia, aunque CySEC ha indicado que las solicitudes solo serán aceptadas una vez que la Comisión Europea finalice los estándares regulatorios detallados.

La realidad del cumplimiento más amplio

Para los emisores de tokens, el calendario ya estaba en marcha. MiCAR entró en vigor para los emisores de criptoactivos y tokens de referencia el 30 de junio de 2024. Los proveedores de servicios ahora enfrentan el punto de inflexión de diciembre—una demarcación clara entre el antiguo régimen de cumplimiento y el marco unificado de activos digitales de Europa.

La implementación escalonada revela la estrategia de Bruselas: dar a los emisores una ventaja inicial mientras se construyen períodos de transición para que los proveedores de servicios adapten sus operaciones y sistemas para cumplir con los estándares centralizados de la UE.

Las empresas cripto que operan o planean operar en Europa deben considerar estas fechas como hitos innegociables.

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